El Blog de Geraldo

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MODIFICACIONES SOBRE REMESAS A FAMILIARES EN EL EXTRANJERO

    las modificaciones, más resaltantes, realizadas a la providencia 096 de Cadivi sobre remesas a familiares residenciados en el extranjero:

1. El monto máximo mensual que se podrá remesar es hasta $500,00. La referida cantidad podrá ser distribuida entre un máximo de tres (3) beneficiarios, hasta un monto máximo de $166,66 para cada beneficiario.

2. A partir del día 24/01/2014 los bancos no podrán procesar actualizaciones de documentos ni nuevas solicitudes realizadas bajo la vigencia de la providencia 096, por ello, todo se deberá hacer según la nueva providencia 123.

3. El tipo de cambio aplicable será el resultante de la última asignación de divisas realizadas a través del Sicad para el momento de la autorización de liquidación de divisas.

4. La solicitud deberá realizarse con al menos 5 días antes del vencimiento del mes a remesar.

5. El operador cambiario (el banco) deberá hacer la transferencia de divisas al beneficiario dentro de los 2 días hábiles bancarios siguientes a la fecha en la cual se entren disponibles las divisas solicitadas al BCV.

6. Los solicitantes deben estar residenciados permanentemente en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

7. Los beneficiarios no podrán usar otros mecanismos para la adquisición de divisas creados por Cadivi.

8. Se excluyó al concubino como beneficiario de las remesas.

9. La carta de instrucción de la transferencia se obtendrá a través del portal electrónico de Cadivi.

1O. Se hará una solicitud principal (se mantendrá activa por 6 meses) y una solicitud sucesiva (la cual se podrá tramitar mensualmente a partir del siguiente mes calendario de haber realizado la solicitud principal).

11. El usuario podrá manifestar a través del portal de Cadivi el desistimiento de la solicitud.

12. Los usuarios que obtengan la autorización de adquisición de divisas para remesas a familiares deben realizar la declaración jurada de cierre de la solicitud a través del portal electrónico de Cadivi.