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Nueva resoluciòn para Crédito Hipotecario




GACETA OFICIAL Nº 40.115 CORRESPONDIENTE AL 21 DE FEBRERO DE  2013.

Resolución donde se establecen las Condiciones de Financiamiento que regirán el otorgamiento de Créditos para la adquisición, Autoconstrucciòn, Ampliación y Mejora de Vivienda Principal con recursos provenientes de la Cartera de Crédito Obligatoria en materia de vivienda, que de forma anual deben cumplir las Instituciones del Sector Bancario.

Aspectos Resaltantes.


  • Cuota Mensual  mínima de 5%   y máxima de 35% del ingreso integral familiar.
  • Los plazos se fijan en los máximos de :
    • 30 años para la adquisición.
    • 20 años para la autoconstrucciòn.
    • 15 años para la ampliación.
    • 10 años para mejoras.
  • Pueden recibir financiamiento quienes tengan ingresos entre un(01) salarios mínimos y los quince (15) salarios mínimos.
      • Para los casos de autoconstrucciòn.,ampliación. y mejoran de vivienda podrán acceder aquellas personas cuyos ingresos no excedan los seis(06) salarios mínimos.
  • Para las solicitudes que conllevan componente de Subsidio Directo Habitacional  el monto del crédito estará sujeto al valor de la vivienda que no podrá exceder de trescientos cincuenta mil bolívares (Bs.350.000,00).
  • Pueden coexistir un crèdito de Adquisiciòn o Autoconstrucciòn de vivienda principal con uno de Ampliaciòn o Mejora, siempre que el primero estè solvente y la cuota de ambos no supere el 35% del ingreso integral total familiar.



Se presentan las normas referentes a la formulaciòn e implantaciòn de polìticas que permiten favorecer modalidades de pago, financiamiento y crèditos accesibles a todos los sectores de la sociedad, para la cosntrucciòn, autoconstrucciòn, aquisiciòn, mejora y ampliaciòn de Viviendas.

En los siguientes enlaces podràs conseguir esta informaciòn màs ampliada.







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Artículo 1°. Objeto de esta Ley. El objeto de la presente Ley es:
1. Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
2. Regular los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo; así como lo relativo a la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
3. Desarrollar lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
4. Establecer las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
5. Normar las prestaciones derivadas de la subrogación por el Sistema de Seguridad Social de la responsabilidad material y objetiva de los empleadores y empleadoras ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
6. Regular la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus representantes ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional cuando existiere dolo o negligencia de su parte.

Aquí les dejo el Artículo Nro 01 de ésta ley que se refiere a su Objetivo, como una invitación a profundizarla y saber que en Venezuela existe una normativa Legal para trabajar bajo un ambiente Seguro y Saludable. toda empresa debe contar con uno o más delegados de prevención(según el número de trabajadores), que velen por el cumplimiento de la misma sirviendo de enlace entre los trabajadores  y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL). Cuya finalidad se encuentra de manera muy amplia en el Articulo 17 de La ésta Ley.
Aquí puedes descargarla DESCARGA LOPCYMAT GRATIS , está en Formato PDF.

La Información y los Medios.

La información, es la manera más expedita de obtener conocimientos, éstos pueden ser buenos o malos, según el medio que la produzca.En estos tiempos a nivel mundial se vive la experiencia  de los medios de comunicación como mecanismos de adoctrinamiento de los pueblos, hacia lo positivo o negativo según el punto de vista de cada grupo, Lo importante para usted, como receptor de esa información, es poder obtenerla de varias fuentes y compararla para hacerse una idea de lo que puede ser cierto, no creer o dejar de creer  sino profundizar en lo que se lee, se mira y se escucha para hacerse un juicio de ello y poder, si se quiere, discutirlo con otros, en aras de formarse una opinión bastante amplia y que ese conocimiento trascienda más allá de lo obtenido y se pueda mantener, mejorar o cambiar. La Internet es un medio de Información enorme, donde se puede encontrar cosas que no podemos ni siquiera imaginar, pero peligroso, porque asì como existen infinidades de sitios que nos proveen de buena información, hay otros que pueden causar daños en nuestra cultura y conocimientos, por eso es importante saber navegar a través de la red. El periódico es también un medio de información muy usado en Venezuela, lamentablemente se ha perdido la objetividad de éstos y han hecho de su información una vía para satisfacer a un grupo específico, cuando debería ser placentero para todos. El medio más utilizado es audiovisual, excelente y peligroso, para bien o para mal hay que saber que mirar y escuchar en ellos.porque son los más fuertes en cuanto a la visión y al oído que son dos sentidos que utilizamos con mayor frecuencia. La información està en todas partes, queda de nosotros tomar la que nos de buenos conocimientos y desechar la que nos cause problemas.




Saludos

Cálculo de Seguro Social.


Para los que no conocen la manera de calcular el pago mensual que debe hacer un empleado al Instituto de los Seguros Sociales (IVSS), es decir las cotizaciones que el patrono le deduce todos los días 30 de cada mes, aquí les dejo  la forma de hacerlo, espero que les sirva en algún momento.
Esta deducción se realiza en base al salario del trabajador,en el número de lunes que tiene un mes, con un limite de 5 salarios mínimos y las semanas laborales del año.
Utilizamos una simple formula:
(Sueldo x 12 meses / semanas laborales del año) x (retención SSO x lunes del mes)
Por ejemplo, si una persona gana Bs. F 1. 407,47 (un salario mínimo desde Mayo hasta Septiembre del 2.011), existen 52 semanas laborales en el año y la retención del SSO está establecida en 4%, es decir se multiplica el salario mensual por doce meses del año y se divide entre las semanas laborales, el resultado se multiplica por 0.04 que es el porcentaje establecido por el IVSS como retención(esto es igual a que hicieras (324,80X4/100) y lo que resulte de esto se multiplica por 4 semanas para saber la deducción del mes 
(1.407,47 x 12 / 52) = 324,80 (x 0.04) = 12,99 (x 4) = 51,96.
Cabe destacar que el Empleado no es el único que cancela el Seguro Social, El patrono también está obligado a ello, pero con porcentajes más altos que varia según el tipo de Riesgo de la Empresa,estos porcentajes son:
Empresas de riesgo mínimo: 11%
Empresas de riesgo medio : 12%
Empresas de riesgo máximo: 13%
El tipo de Riesgo de las Empresas es otro tema que tal vez escriba más adelante, espero les sirva la información y si tienen algo que aportar siempre a la orden y bienvenidas sus sugerencias.

Saludos,